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 Anuncio del Consulado en San Francisco - 20 de octubre de 2009
 

En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (CE), 444/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo del 28 de mayo del 2009 por el que se modifica el Reglamento (CE) del Consejo sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaporte y documentos de viaje expedido por los Estados miembros, los nuevo pasaportes que se expidan a los ciudadanos españoles deberán incorporar las huellas dactilares planas de los dos dedos índices de ambas manos en un soporte de almacenamiento de alta seguridad.

Este Consulado General va a iniciar con esta fecha la expedición de este nuevo modelo de pasaporte, el cual va a requerir la presencia física del interesado en este Consulado, por lo que a partir de ahora no se podrán solicitar los pasaportes a través de la red de Consulados y Viceconsulados Honorarios. Quedan exceptuados de esta medida los solicitantes menores de doce años.

Por este motivo, agradeceríamos a los solicitantes de pasaporte, que residen lejos de la ciudad de San Francisco, se pongan en contacto con este Consulado, previamente a su visita, con objeto de poder facilitarle los trámites a seguir.

 Anuncio del Consulado en San Francisco - 19 de octubre de 2009
 

El Consulado General de España en San Francisco informa de la celebración del Festival de Cine Español en la ciudad de Berkeley, California, entre los días 5 - 8 de noviembre, y que cuenta con el patrocinio del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Festival de Cine Español en Berkeley

Para mayor información puede consultar la siguiente página web:

http://www.maec.es/subwebs/Consulados/SanFrancisco/es/MenuPpal/Actualidad/Actividades/Paginas/Actividades.aspx

 Anuncio de la Consejería del Ministerio de Trabajo e Inmigración - 9 de julio de 2009
 

La Consejería del Ministerio de Trabajo e Inmigración con sede en Washington D.C. ha enviado su página web para que los españoles residentes en EEUU se familiaricen con los temas que tramitan y que pueden ser de interés, como pensiones, subsidio de retorno, asistencia sanitaria en España, ayudas publicadas en el BOE, etc:

http://www.mtin.es/es/mundo/consejerias/eeuu/default.htm

Además, la presidenta de la “Spanish Professionals in América” está organizando un Congreso en Arizona para el año que viene (2010), donde se quieren incorporar nuevas áreas, como las nuevas teconologías, para que haya ponencias científicas en esas materias. Para más información, ponte en contacto con nosotros aquí.

 Anuncio del Consulado en San Francisco - 16 de abril de 2009
 

El Boletín Oficial del Estado número 91, de 14 de abril de 2009, ha publicado el Real Decreto número 482/2009, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones de diputados al Parlamento Europeo, que se celebrarán el domingo día 7 de junio.

En estas elecciones podrán votar desde el exterior los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el Censo Electoral de Residentes en el Extranjero (CERA).

Según el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las listas electorales vigentes para estas elecciones estarán expuestas al público del 20 al 27 de abril, ambos inclusive.

Dentro del plazo señalado cualquier persona puede presentar la oportuna reclamación administrativa contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren en las listas electorales. Para ello este Consulado General permanecerá abierto desde el 20 al 27 de abril, incluidos el sábado y domingo, desde las 9 a las 14 horas.

Todas las reclamaciones deberán de ir acompañadas de la fotocopia del DNI o del pasaporte o del permiso de conducir
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio y por correo certificado la documentación electoral a los electores inscritos en el CERA.

Todos los electores podrán consultar el Estado del envío de su documentación electoral. Para realizar esta consulta es necesario aportar el identificador (DNI, Pasaporte) y la fecha de nacimiento y se puede realizar en la dirección: https://censoelectoral.ine.es/censo/ce_votoxcorreo.menu.

PROCEDIMIENTO DE VOTO

El derecho del sufragio podrá ejercerse eligiendo una de las siguientes modalidades:

  1. Depositar personalmente el sobre de votación en este Consulado General (1405 Sutter St. San Francisco. California) hasta el domingo 31 de mayo inclusive. Este Consulado General permanecerá abierto el sábado 30 y el domingo 31 de mayo, plazo establecido para depósito del voto, desde las 9 a las 14 horas.
  2. Enviar por correo certificado el sobre con el voto y restante documentación electoral a la respectiva Junta Electoral Provincial no más tarde del sábado 6 de junio. En el sobre deberá figurar claramente un matasellos u otra inscripción con la fecha del envío por correo, el cumplimiento de este requisito temporal es indispensable para la validez de los votos.

En el sobre de votación, además del certificado de inscripción en el censo, del sobre cerrado conteniendo la papeleta de la candidatura escogida y la solicitud de reintegro de los gastos de franqueo, el elector deberá incluir fotocopia del DNI o del pasaporte, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, original del certificado de nacionalidad o del certificado de inscripción como residente en situación de alta en el Registro de Matrícula consular, expedidos a petición del interesado, atendiendo al domicilio del mismo.

Electores Residentes que se encuentren temporalmente en España

Los electores españoles inscritos en el CERA, que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral podrán solicitar el voto por correo a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 28 de mayo. Este procedimiento no implicará su baja en el CERA. Para ello deberán cumplimentar una solicitud disponible en cualquier Oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción. Los electores deberán firmar la solicitud y comprobar que el funcionario de correos pone fecha y el sello correspondiente. Recibida la documentación electoral en la dirección de España que se haya señalado en la solicitud, el elector enviará su voto certificado, no más tarde del 3 de junio. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa.

 Anuncio del Consulado en San Francisco - 26 de enero de 2009
 

Como continuación a la información remitida en relación con los comicios a los parlamentos vasco y gallego que se celebrarán el próximo 1 de marzo, este Consulado General informa que:

La Oficina del Censo Electoral (O.C.E.) recoge la exigencia de introducir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente, junto con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre con la papeleta de voto, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o pasaporte o certificado de nacionalidad.

Este Consulado General recuerda que el derecho de sufragio podrá ejercerse eligiendo una de la siguientes modalidades:

  1. Depositar personalmente (mediante acreditación con documento español: Pasaporte o D.N.I.) en la oficina consular en cuya lista del C.E.R.A. figure inscrito hasta el domingo 22 de febrero inclusive. Este Consulado General permanecerá abierto el sábado 21 y domingo 22 de febrero desde las 9 a las 14 horas.
  2. Enviar por correo certificado el sobre con el voto y la restante documentación antes mencionada a la respectiva junta electoral provincial no más tarde del día 28 de febrero. Será indispensable para la validez de su voto que conste en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial con la fecha, a los efectos de verificar el cumplimiento del plazo indicado.
 Anuncio del Consulado en San Francisco - 13 de enero de 2009
 

El Diario Oficial de Galicia núm. 3, de 6 de enero de 2.009, ha publicado el Decreto 1/2009, de 5 de enero de 2.009, de disolución del Parlamento de Galicia y convocatoria de Elecciones. La votación se celebrará el domingo día 1 de marzo.

Igualmente, el Boletín Oficial del País Vasco, núm., de 6 de enero de 2.009, ha publicado el Decreto 1/2009, de 2 de enero de 2.009, del Lehendakari, por el que se disuelve el Parlamento Vasco se convocan Elecciones. La votación se celebrará el domingo día 1 de marzo.

Según el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las listas electorales vigentes para estas elecciones están expuestas al público del 12 al 19 de enero, ambos inclusive.
Dentro del plazo señalado cualquier persona puede presentar la oportuna reclamación administrativa contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren en las listas electorales. Para ellos este Consulado General permanecerá abierto desde el 12 al 19 de enero, incluidos el sábado y domingo, desde las 9 a las 14 horas.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio y por correo certificado la documentación electoral a los electores inscritos en el CERA por algún municipio de ambas comunidades Autónomas.

PROCEDIMIENTO DE VOTO

El derecho del sufragio podrá ejercerse eligiendo una de las siguientes modalidades:

  1. Depositar personalmente dicho sobre en la Oficina Consular en cuya lista del CERA figure inscrito, hasta el domingo 22 de febrero, inclusive. Este Consulado General permanecerá abierto el sábado 21 de y el domingo 22 de febrero, plazo establecido para depósito del voto, desde las 9 a las 14 horas.
  2. Enviar por correo certificado el sobre con el voto y restante documentación electoral a la respectiva Junta Electoral Provincial hasta el sábado 28 de febrero, inclusive.

Electores Residentes en Galicia y el País Vasco que se encuentren temporalmente en el extranjero

Los electores residentes en Galicia o en el País Vasco que, una vez efectuada la convocatoria de las elecciones del asunto, se encuentren temporalmente en el extranjero y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán participar en las mismas desde el extranjero, sin que ello suponga su baja en el CER. Para ello, deben figurar inscritos como no residente en el registro de matrícula consular y solicitar la documentación para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 31 de enero de 2.009, fecha que este Consulado General permanecerá abierto desde 9 a la 14 horas.

El impreso de solicitud se halla en la página web de este Ministerio de Asuntos Exteriores.